viernes, 23 de marzo de 2012

ARGUMENTACIÓN JURÍDICA. Falacias Argumentativas. Video: argumentos falaces en la investigación jurídica. Tomado de https://sites.google.com/site/241saberargumentar/-que-es-argumentar

ARGUMENTACIÓN JURÍDICA.  Falacias Argumentativas.   Video:  argumentos falaces en la investigación jurídica.

Tomado de:  http://definicion.de/argumento/

Argumento: término que procede del vocablo latino argumentum. Se trata del razonamiento  que se utiliza para demostrar o probar una proposición o para convencer a otra persona  de aquello que se afirma o se niega.


Por ejemplo: “Antes de enojarte, debería escuchar mis argumentos”
“No puedes defender una idea semejante sin ningún argumento”
“El argumento dado por el gerente para explicar la decisión no conformó a nadie”
“El Dr. López confía en que su argumento permitirá obtener el beneficio”.


El argumento es la expresion, ya sea oral o escrita, de un raciocinio. Permite justificar algo como una acción razonable con dos finalidades posibles: persuadir a otro sujeto (para promover una determinada acción) o transmitir un contenido con sentido de verdad (fomentando el entendimiento).


Un argumento debe ser coherente y consistente, sin exhibir contradicciones. Sólo de este modo logrará cumplir con sus objetivos, de lo contrario será rebatido o rechazado por el receptor.


Para la lògica, un argumento es un conjunto de premisas al que sigue una conclusión. Cuando esta conclusión se sigue necesariamente de las premisas, se habla de un argumento deductivamente válido.



El siguiente enlace nos ilustra acerca de qué es argumentar:   
https://sites.google.com/site/241saberargumentar/-que-es-argumentar 


Qué es argumentar?

      
      la argumentación:

  • Se encuentra en todos los ámbitos: la vida pública, en la comunicación 
    habitual, incluso en los diálogos que entablamos para expresar afectividad.
  • Se hace necesaria cuando no coinciden los puntos 
    de vista que tienen el emisor y receptor sobre el objeto o tema del discurso.
  • Por eso...
  • El emisor tiene como finalidad convencer razonadamente o persuadir afectivamente a otros acerca de la validez de la opinión que sostiene. Por eso es necesario el uso de argumentos válidos. 
  • La argumentación desarrolla nuestras competencias lingüísticas, favorece la confianza en nosotros mismos y genera respeto y consideración por los puntos de vista de los demás.



Muchas veces, al argumentar, se emplean argumentos aparentes con el fin de engañar, distraer al adversario o descalificarlo. A todas las formas de argumentación que encierran errores o persiguen fines ilegítimos, los llamamos falacias. El término procede del latín fallatia, que significa engaño. 


https://sites.google.com/site/241saberargumentar/-que-es-argumentar/falacias-argumentativas 




A. Blair y R. H. Johnson, dos teóricos de la argumentación, propusieron tres criterios para evaluar si una argumentación es o no defectuosa: aceptabilidad, relevancia y suficiencia. Estos serán definidos a continuación:

- Aceptabilidad: los argumentos deben ser “creíbles”, es decir, tienen que ser fácilmente aceptados por la audiencia o estar basados en evidencia sólida. 

- Relevancia: los argumentos deben ser coherentes con el punto de vista, por ejemplo, no puedo decir “El amor es bello porque las esculturas del dios Eros son bellas”, en este caso ¿qué relación tiene la belleza de una escultura (aunque sea de Eros, dios del amor) con la caracterización de un sentimiento? En el ejemplo, el argumento “porque las esculturas del dios Eros son bellas” no es relevante para fundamentar el punto de vista “El amor es bello”.

- Suficiencia: el número de argumentos debe ser suficiente para defender el punto de vista. Como la argumentación tiene carácter dialógico, el número de argumentos “suficientes” va a depender de la situación de enunciación: si con un argumento se convence al oponente, un argumento será suficiente, pero si el oponente lo refuta, es necesario dar más. (todos los que sean necesarios).  

El no cumplir con alguno de estos criterios lleva a cometer falacias. 









ARGUMENTACIÓN POR PARTE DEL JUEZ.
La argumentación está orientada fundamentalmente a persuadir, si el que realiza es el Juez pretenderá persuadir a las partes. 
Argumentar es estructurar un pensamiento y tiene una serie de reglas y tienen que ser razonables, sirve para persuadir al destinatario de la veracidad o validez de una tesis. 

 La sentencia es una suma de argumentos, hay “n” respuestas por que el razonamiento jurídico es practico (aquel que admite discusión, sometida a la controversia, es pues interpretación) y demostrativo (lo que se afirma esta sometido a prueba, estamos bajo el sistema de la libre valoración de la prueba, ya no de la prueba tasada, es pues valoración).

El razonamiento Jurídico es pues Interpretación y Valoración.

Argumentar implica estructurar una secuencia coherente de pensamiento. 

Antes se decía que la sentencia era el clásico silogismo (premisa mayor, premisa menor y conclusión), hoy en día se dice que tiene una justificación. 
Será interna cuando se analiza la premisa mayor y la menor y tengamos una conclusión. 
Será externa cuando para validar (interpretar) Se debe justificar la premisa mayor y la premisa menor, con pruebas.
Para justificar usamos argumentos, por ello la sentencia es un tejido de argumentos. 

Las premisas son proposiciones iniciales del argumento y son dos: 
- Premisa Mayor (siempre genérica, identifica la norma) 
- Premisa Menor (es siempre especifica, identifica los hechos).

La sentencia tiene dos niveles de justificación: interna (premisa mayor – normas- y menor –hechos-); 
y será externa cuando se sustenta cada premisa.
Inferencia es como se relaciona las premisas (causa consecuencia- antecedente consecuente). La conclusión es la proposición final (única y múltiple).
Los elementos del Argumento son:

1. Premisa Mayor, es la norma
2. Premisa Menor, referencia fáctica especifica, hechos
3. Inferencia, relación de premisas
4. Conclusión, es la proposición final
El Juez hace un trabajo deductivo, silogismo deductivo, parte de la norma (p. Mayor) para llegar a los hechos (p. Menor), lo relaciona y eso se llama inferencia con el fin de llegar a una conclusión (proposición final).
 CARACTERISTICAS DE LA ARGUMENTACIÓN:
1. COHERENCIA, deben ser congruentes con la conclusión

2. RAZONABILIDAD, la conclusión no sólo es derivado de las premisas, sino responden al fin de quien esta argumentando, lograr la finalidad propuesta

3. SUFICIENCIA, las premisas sean suficientes para generar la conclusión.

4. CLARIDAD, lo que se interpreta es la ley no la sentencia, por ello la sentencia tiene que ser claro, lo complicado hacerlo sencillo, los argumentos no tienen que ser interpretados sino claro.
 TIPOS DE ARGUMENTACIÓN:
Cuando motivamos usamos argumentos, el Juez se basa en argumentos que son variados, argumento de autoridad, a símil, argumento histórico. 
Los argumentos siempre deben partir de proposiciones previamente establecidas, que están fuera de todo tipo de controversia: TOPICOS JURIDICOS, que son los aforismos, como el Pacta Sum Servanta, el pacto es ley entre las partes, todos somos iguales, que genera el argumento a símil. Son:
- A lege lata, de acuerdo a la ley vigente.
- A lege ferenda, cuando se invoca una ley que está por tener vigencia.
- A autorictate, cuando se utiliza como respaldo de una argumentación a una autoridad, autor, de una institución o quizá de una sentencia de la Corte constitucional por ejemplo etc.
- Ad populum, se utiliza para enervar sentimientos del pueblo.
- Analítica, implica descomponer el argumento, desmembrar, para luego volver a componer, como se hace en las sentencias del Tribunal Constitucional al desmembrar considerando por considerando.
- A fortiori, el que puede lo más puede lo menos, ejemplo Si la declaración de inconstitucionalidad tieneefectos derogatorios y es erga homnes, entonces la interpretación que el Tribunal efectúe debe tener carácter general
- A remd, cuando se funda en hechos notorios, hechos evidentes, de conocimiento general. Se utilizageneralmente en el ámbito civil,
Puesto que lo evidente no se prueba.
- A rubrica, basado en la realidad, utiliza explicando el momento histórico. Ejemplo “no se puede amparar el derecho al trabajo de todos por que el estado esta en crisis”
- A generali sensu, cuando se invoca un dispositivo de gran amplitud, de alcance general, norma de textura abierta ejemplo, atentado contra el orden público, el art.03 de la constitución es norma abierta
- Deductivo, es el que tiene la clásica estructura del silogismo. Parte de premisas y deriva a una conclusión si las premisas son válidas, la conclusión es válida. ejemplo si todo contrato es un acto jurídico por lo tanto el contrato de compra venta es un acto jurídico.
- Ad hominem, utilizamos al argumentar las cualidades y defectos de la persona. Son utilizados por lospolíticos, atacan los aspectos personales. Ejemplo. “ese chato”
- Completudini, el sistema jurídico está completo, todo esta en el sistema jurídico, por ejemplo “ nadie esta impedido de hacer lo que la ley no prohíbe y hacer lo que la ley no manda”



  

1 comentario:

  1. http://www.vanguardia.com/santander/guanenta/147804-no-se-arreche-conciliemos-en-serio

    ResponderEliminar