25 mayo de 2.013.
MÉTODOS DE INTERPRETACIÓN UTILIZADOS
POR LA HERMENÉUTICA JURÍDICA.
La hermenéutica es posible
emplearla en los diferentes campos del conocimiento, sin embargo, es de
destacar que en el área del derecho se presenta con gran necesidad de
aplicación, puesto que de ella parten la lectura del espíritu normativo, la
hegemonía de la legalidad y la aplicabilidad de la norma a una realidad
social.
La normatividad se presenta por
medio de la constitución de un conjunto de símbolos, los cuales propenden
enunciar un “deber ser”, objetivado en una realidad
social y regional.
Esas normas se deben aplicar para resolver los
casos concretos que presenta la práctica profesional. Pero para ello es
necesario utilizar un método de aproximación al objeto de conocimiento, es
decir, a la normatividad.
“...la necesidad de realizar la hermenéutica para conseguir la más objetiva interpretación de las disposiciones que regulan las relaciones sociales, determina variados procedimientos que van desde el método exegético, el sistemático, hasta el método sociológico”[43]
MÉTODOS DE LA HERMENÉUTICA
JURÍDICA.
Método Exegético:
Para esta escuela lo que está escrito está dicho y lo que no está escrito está callado. Parte del supuesto de la omnipotencia del legislador, por lo que considera su obra perfecta, y en consecuencia, lo que afirma u omite el legislador es la clara expresión de la voluntad del legislador.
Esta voluntad del legislador puede manifestarse por medio de tres caminos:
· Mediante
el análisis semántico de los términos en los cuales se dicta el mandato.El análisis semántico clasifica las palabras según su significado.
· Analizando
los principios de la lógica aplicados, cuando se presentan vacíos en la norma,
como por ejemplo “a contrario sensu”, “donde la ley no distingue, el interprete
no puede distinguir”.
· Por
medio del análisis de los documentos producidos durante el proceso de formulación
de la norma, como por ejemplo: los debates en congreso, la exposición de
motivos.
http://poderyciudadania.galeon.com/logicajuridica.htm
http://poderyciudadania.galeon.com/logicajuridica.htm
Método Sistemático:
En este método se parte de que el
derecho se reduce a un derecho positivo y que él mismo es conformado por una
norma suprema, a partir de la cual, se deducen una serie de normas. El orden
jurídico se legitima desde el mismo orden jurídico, sin necesidad de mediación
de la realidad.
· Se
determina el alcance de las normas con base en los mandatos constitucionales
que desarrollan.
·
Método Sociológico:
Según esta escuela el derecho
tiene dos elementos:
Ideológico: El primero, esta compuesto de enunciados en procura de un deber ser, que por lo general se postulan en las constituciones políticas como proyecciones ideales de la forma en que debe desarrollarse el estado y la comunidad.
Normativo. Es todo el resto del ordenamiento jurídico, que constituyen el ser en búsqueda de ese deber ser, encaminado al desarrollo progresivo de la norma de acuerdo al desarrollo de la sociedad y de cubrir las necesidades que se susciten en ella.
Ideológico: El primero, esta compuesto de enunciados en procura de un deber ser, que por lo general se postulan en las constituciones políticas como proyecciones ideales de la forma en que debe desarrollarse el estado y la comunidad.
Normativo. Es todo el resto del ordenamiento jurídico, que constituyen el ser en búsqueda de ese deber ser, encaminado al desarrollo progresivo de la norma de acuerdo al desarrollo de la sociedad y de cubrir las necesidades que se susciten en ella.
Tomado de Roberto Texto.com www.robertexto.com
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